El gobierno parece estar decidido a impulsar aquello que han llamada como “red dorsal de fibra óptica”.
Todo inicia a partir del trabajo que viene realizando la Comisión Multisectorial Temporal encargada de elaborar el “Plan nacional de Banda Ancha”. esta comisión ha publicado ya tres informes:
- Diagnóstico (ver)
- Barreras (ver)
- Visión, metas y propuestas de políticas (ver)
En el camino se fueron emitiendo también algunos dispositivos legales como el DS 034-MTC-2010 que ”establece como Política Nacional la implementación de una red dorsal de fibra óptica para facilitar a la población el acceso a Internet de banda ancha y promover la competencia en la prestación de este servicio” o el DS 036-MTC-2010. Este decreto, como bien señala el instituto Peruano de Economía el día de hoy, tiene por objetivo la reducción del costo del despliegue de infraestructura. Especialmente si consideramos que al momento de hacer las carreteras es más fácil hacer el tendido de ductos y cables (en este caso fibra óptica) en lugar de estar picando luego la carretera que se acaba de construir.
El decreto dice que “los nuevos proyectos de infraestructura para brindar servicios de energía eléctrica, hidrocarburos y transportes deberán incorporar la instalación de fibra óptica y/o ductos y cámaras” y luego señala condiciones específicas para cada caso. Dice también que dicha infraestructura será propiedad estatal “La fibra óptica y/o los ductos y cámaras que se instalen en virtud de la presente norma son de titularidad del Estado” y que “La explotación de la fibra óptica y/o los ductos y cámaras se sujetará al otorgamiento de concesión a los operadores de servicios públicos de telecomunicaciones, observando los principios de publicidad y fomento de la competencia“.
Tenemos entonces redes que el estado construirá y dará en concesión fomentando la competencia. Para financiar la inversión adicional el decreto establece una disposición final: “La realización de las acciones necesarias para la implementación de lo establecido en el presente Decreto Supremo, se ejecuta con cargo al presupuesto institucional de los pliegos correspondientes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público“. aquí comienzan los problemas pues quien construye carreteras debe separar un poco para la construcción de ductos y quien construye redes de energía debe hacer lo mismo para desplegar fibra según los requerimientos del decreto.
Pues bien, el viernes pasado el Ministro de Transportes y telecomunicaciones anunció que había enviado un proyecto de ley al Congreso de la República, dicho proyecto pretende realizar algunos cambios en el marco legal:
El proyecto de ley busca eliminar la frase que asegura la exclusividad del uso de los fondos para áreas rurales y de preferente interés social pues se propone eliminar el texto que marcamos entre corchetes del art. 12 del TUO de la Ley de Telecomunicaciones:
Los operadores de servicios portadores en general y de servicios finales públicos, destinarán un porcentaje del monto total de su facturación anual, a un Fondo de Inversión de Telecomunicaciones [que servirá exclusivamente para el financiamiento de servicios de telecomunicaciones en áreas rurales o en lugares considerados de preferente interés social]. El porcentaje sobre la facturación a que se hace referencia será específicamente señalado por el reglamento de esta Ley.
El proyecto dice luego que “[el Fondo] prioritariamente servirá para el financiamiento de redes de transporte de fibra óptica a nivel nacional, en aquellos lugares que carezcan de dichas redes y los operadores de telecomunicaciones no hayan planeado desarrollarlas”.
Aquí podemos hacer algunos comentarios: primero, llama la atención que se pretenda que el FITEL otorgue prioridad a las redes de fibra y que esto deba quedar establecido en una ley; segundo, que se caiga nuevamente en el error de hablar de lugares donde se instala la red y no en poblaciones a las cuales se sirve: ¿que tal si para servir a una población desatendida la red de transporte debe pasar por donde ya hay otra pero que no sirve a dicha población?; y tercero, ¿invertir donde no hay planes no creará incentivos perversos en los operadores de telecomunicaciones?
Este proyecto de ley parece tener claras intenciones de financiar el despliegue de infraestructura con los Fondos del FITEL, sin embargo, no queda claro cómo se otorgará en concesión la operación de la red de fibra, si se le permitirá o no a los operadores de la misma brindar también servicios finales, o si se permitirá la concurrencia de diversas empresas en la operación.